El pasado 6 de abril de 2022, se promulgó y comenzó a regir la Ley N° 21.435, conocida como la Reforma al Código de Aguas. Después de un largo proceso legislativo que duró 11 años, esta ley finalmente fue publicada en el Diario Oficial.
Contents
- 0.0.1 Derecho de Aprovechamiento de Aguas (” DAA “)
- 0.0.2 Ley de Acceso al Agua y Saneamiento en Chile
- 0.0.3 Patentes por falta de uso
- 0.0.4 Ley de redistribución general de aguas en Chile
- 0.0.5 Ley de Declaración de Zonas de Escasez Hídrica en Chile: Nuevas atribuciones para la DGA
- 0.0.6 Facultades especiales del presidente
- 0.0.7 Ley de Aguas Mineras en Chile
- 0.0.8 Regulación y control de los pozos de agua en Chile
- 0.0.9 Ley de Caudal Mínimo Ecológico en Chile
- 0.0.10 Planes estratégicos de gestión hídrica en cuencas chilenas
- 0.0.11 Procedimientos de regularización del artículo 2° y 5° transitorio
- 1 Requisitos para construir un pozo de agua en Chile
- 2 La propiedad del agua en Chile según el Código de Aguas actual
- 3 Distancia entre pozos en Chile: ¿Cuál es la adecuada?
Derecho de Aprovechamiento de Aguas (” DAA “)
La Ley de Pozos de Agua en Chile establece que los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) son considerados como derechos reales. Sin embargo, a partir de ahora, los nuevos DAA tendrán una duración máxima de 30 años, con la posibilidad de ser renovados automáticamente. Esto será así siempre y cuando no se demuestre que el agua no está siendo utilizada efectivamente o que su uso afecta la sustentabilidad del recurso hídrico. Además, se ha incorporado el requisito del interés público para poder constituir nuevos DAA.
Ley de Acceso al Agua y Saneamiento en Chile
La Ley de Pozos de Agua en Chile garantiza el derecho humano al acceso y saneamiento del agua. Según esta ley, el Presidente de la República tiene la facultad de establecer reservas de aguas superficiales o subterráneas para asegurar su disponibilidad para usos esenciales como la subsistencia. Además, se le otorga a la Dirección General de Aguas (DGA) la capacidad de constituir Derechos Administrativos del Agua (DAA) para estos fines y también permite que las empresas sanitarias reciban estas aguas reservadas con el objetivo de garantizar el consumo humano y el saneamiento.
Patentes por falta de uso
Se implementan modificaciones en el sistema de cálculo de las patentes por no utilización de los pozos de agua, mediante las cuales se duplicarán los montos cada 5 años sin límite y solo se otorgarán exenciones a los Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) registrados a nombre de comités o asociaciones que proveen servicios rurales de agua potable o saneamiento; ciertas comunidades agrícolas, indígenas o comunidades indígenas; así como también para aquellos DAA destinados a fines no extractivos.
Ley de redistribución general de aguas en Chile
La Reforma establece que en los casos en que las respectivas fuentes de abastecimiento de aguas no contengan los recursos suficientes para satisfacer todos los DAA de ejercicio permanente en su integridad y el caudal total deba, por tanto, distribuirse en partes alícuotas entre los mismos DAA, la DGA tendrá la atribución de imponer medidas de redistribución de las aguas, debiendo siempre garantizar la priorización de los usos de consumo humano, saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, en todas las zonas donde no existe o existe más de una organización de usuarios con jurisdicción para distribuir (cuencas hidrográficas con más de una Junta de Vigilancia) y así lo solicite una de ellas.
Ley de Declaración de Zonas de Escasez Hídrica en Chile: Nuevas atribuciones para la DGA
La Ley de Pozos de Agua en Chile ha sido modificada para fortalecer el proceso de declaración de zonas con escasez hídrica. Ahora, la Dirección General de Aguas (DGA) tiene nuevas facultades para intervenir en la distribución del agua y suspender las medidas tomadas por las organizaciones de usuarios en situaciones extremas de sequía. Esta medida puede ser aplicada indefinidamente y permite a la DGA imponer medidas redistributivas que aseguren el consumo humano, saneamiento básico o uso doméstico esencial, incluso en áreas bajo jurisdicción de estas organizaciones.
Facultades especiales del presidente
La Ley de Pozos de Agua en Chile otorga al Presidente de la República la facultad de crear Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) en situaciones excepcionales, incluso cuando no haya disponibilidad del recurso. Esto se hace con el objetivo principal de garantizar las necesidades básicas y preservar el recurso hídrico.
Ley de Aguas Mineras en Chile
En relación a las aguas del minero, que son aquellas encontradas por los concesionarios mineros durante la exploración y explotación de minerales, se establecen ciertas limitaciones en la Reforma. Estas aguas pueden ser utilizadas para los propósitos de las concesiones correspondientes sin necesidad de permisos adicionales, pero solo para actividades relacionadas con la minería. Además, se imponen obligaciones de información y registro. Es importante destacar que el uso de estas aguas no puede comprometer la sostenibilidad del acuífero y en caso de causar un impacto significativo en el acuífero o afectar los derechos de terceros, la Dirección General de Aguas (DGA) tiene autoridad para restringir su uso.
Regulación y control de los pozos de agua en Chile
Se establece la obligación de crear Comunidades de Aguas Subterráneas en un plazo máximo de un año después de que se declare una Zona de Prohibición o un Área de Restricción. Además, se establece que los propietarios de Derechos de Aprovechamiento de Agua (DAA) que no participen en este proceso no podrán solicitar autorización para cambiar el punto donde captan el agua.
Además, la Ley de Pozos de Agua en Chile establece que los propietarios de Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) ubicados en zonas donde está prohibida o restringida la extracción deben instalar sistemas para medir y monitorear el uso del agua, así como transmitir esta información a la Dirección General de Aguas (DGA).
La Reforma además incorpora la causal de “degradación del acuífero que afecte su sustentabilidad” para la procedencia de la medida de reducción temporal del ejercicio de DAA, lo que deberá ser aplicado obligatoriamente por la DGA.
Además, se establecen nuevos requisitos para aprobar los cambios de ubicación de los puntos de captación de agua potable en áreas donde existen restricciones o prohibiciones. La Dirección General de Aguas (DGA) debe verificar que el cambio no afecte la disponibilidad del acuífero ni represente un riesgo significativo de intrusión salina. También se asegurará de que no perjudique a otros sistemas y usuarios abastecidos por dicho acuífero.
Por último, se han realizado modificaciones en las regulaciones relacionadas con la recarga de los acuíferos, donde ahora se reconoce que la recarga de aguas lluvias es un proceso natural y no requiere de un informe emitido por la Dirección General de Aguas (DGA) para llevar a cabo esta actividad.
Ley de Caudal Mínimo Ecológico en Chile
La Dirección General de Aguas (DGA) tiene la facultad de determinar los caudales mínimos necesarios para preservar el equilibrio ecológico, tanto en nuevos Derechos de Aprovechamiento de Agua (DAA), como en casos de traslados y también para DAA existentes en áreas protegidas oficialmente por su biodiversidad.
Planes estratégicos de gestión hídrica en cuencas chilenas
En Chile se ha establecido la implementación de Planes Estratégicos de Recursos Hídricos con el objetivo de garantizar la seguridad del agua en cada cuenca. Estos planes son de carácter público y deben ser actualizados cada 10 años para asegurar su eficacia.
Procedimientos de regularización del artículo 2° y 5° transitorio
En relación a los procesos de regularización de Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) que buscan obtener la inscripción en el Registro Público de Aguas del Conservador de Bienes Raíces, la Reforma establece que estos procedimientos solo podrán iniciarse dentro de los 5 años posteriores a su publicación. Además, serán tramitados y resueltos únicamente por la Dirección General de Aguas (DGA), sin intervención judicial o del Servicio Agrícola y Ganadero como ocurre actualmente. En cuanto al procedimiento contemplado en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas, se considera la consulta a las organizaciones de usuarios para determinar las características y antigüedad de los DAA.
La reforma al Código de Aguas ha sido implementada y ya está en vigor, según informó el despacho de abogados Carey. Esta modificación tiene como objetivo principal actualizar y mejorar la regulación relacionada con los pozos de agua en Chile.
Requisitos para construir un pozo de agua en Chile
Para poder construir un pozo de agua en Chile, es necesario seguir el proceso establecido por la Ley de Pozos de Agua. Esto implica presentar una solicitud formal ante la Dirección General de Aguas (DGA) o el Departamento de Obras Hidráulicas (DOH), dependiendo de tu ubicación geográfica.
Al momento de realizar la solicitud, se deben adjuntar diversos documentos que respalden y justifiquen la necesidad del pozo. Entre estos documentos pueden requerirse planos del pozo, estudios de impacto ambiental, estudios hidrogeológicos y otros documentos técnicos y legales pertinentes.
Es importante destacar que cada región puede tener requisitos específicos adicionales para obtener los permisos correspondientes. Por lo tanto, es recomendable consultar con las autoridades locales para conocer los detalles exactos del proceso en tu área.
P.S.: Recuerda que antes de iniciar cualquier proyecto relacionado con pozos de agua en Chile, debes cumplir con todos los trámites legales establecidos por las autoridades competentes.
La propiedad del agua en Chile según el Código de Aguas actual
1. El acceso al agua y saneamiento es considerado un derecho fundamental para todos los habitantes de Chile.
2. El Estado tiene la responsabilidad de garantizar el acceso equitativo a este recurso, promoviendo su uso eficiente y sustentable.
3. El agua es considerada un bien nacional de uso público, por lo tanto, su dominio pertenece a todos los habitantes del país.
4. Se prohíbe la privatización del agua y cualquier forma de monopolio sobre su distribución.
5. La extracción y utilización del agua debe realizarse respetando las normas ambientales vigentes, evitando daños irreparables al ecosistema acuático.
6. Se establecen sanciones para aquellos que realicen extracciones ilegales o no autorizadas de aguas subterráneas mediante pozos sin permisos correspondientes.
7. Los titulares legales de derechos consuntivos podrán solicitar la construcción o modificación de pozos para captar aguas subterráneas siempre que cumplan con los requisitos técnicos establecidos por la autoridad competente.
8. Se fomenta el monitoreo constante y control efectivo sobre las extracciones realizadas mediante pozos para asegurar una gestión adecuada del recurso hídrico disponible.
9. Las comunidades locales tienen derecho a participar en la toma decisiones relacionadas con el manejo y administración del agua en sus territorios.
10.Se crea un registro nacional de pozos, donde se deben inscribir todos los pozos existentes y en funcionamiento, con el fin de tener un control y seguimiento adecuado sobre su uso.
La Ley de Pozos de Agua en Chile busca garantizar la disponibilidad y acceso equitativo al agua para todos los habitantes del país, promoviendo una gestión sostenible y responsable de este recurso vital.
Distancia entre pozos en Chile: ¿Cuál es la adecuada?
– No se pueden instalar letrinas en terrenos con formaciones rocosas como piedra caliza.
– El objetivo es proteger el suministro de agua potable y prevenir la contaminación.
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